Cambios fiscales en la Ley 3/2025 aprobados para compraventa de viviendas en Murcia

Cambios fiscales en la Ley 3/2025 afectan directamente a la compraventa de vivienda en Murcia. Esta reforma modifica impuestos como el ITP, AJD y deducciones en el IRPF, y busca facilitar el acceso a la vivienda habitual.

Cambios fiscales en la Ley 3/2025

Nuevas medidas fiscales que afectan a la compraventa de inmuebles en la Región de Murcia.

En este artículo te explicamos de forma clara y actualizada qué tipos impositivos se aplican en 2025, qué colectivos pueden beneficiarse de tipos reducidos del 3% y 5% en el ITP, cómo se ha modificado el AJD en operaciones sujetas a IVA, y qué deducciones fiscales puedes aplicar en tu declaración de la renta si compras o alquilas una vivienda en Murcia.

ITP en Murcia: tipos reducidos y superreducidos en 2025

Estos cambios fiscales en la Ley 3/2025 han modificado el tipo general y los tipos reducidos del ITP en Murcia. Antes era del 8%, pero ahora, desde el día 25 de julio de 2025, ha bajado al 7,75%. Además, si eres joven, familia numerosa o emprendedor, puedes pagar solo el 5% o incluso el 3%, según tu perfil.

  • Tipo reducido del 5%: se aplica a la adquisición de inmuebles por personas físicas de 40 años o menos, o mercantiles, participadas íntegramente por personas de la misma edad. Además, el inmueble adquirido debe destinarse a domicilio fiscal del empresario o profesional, o bien a su centro de trabajo habitual.
  • Tipo superreducido del 3%: se aplica a la adquisición de vivienda habitual por parte de personas de 35 años o menos, familias numerosas, monoparentales, o con miembros con discapacidad igual o superior al 65 %. Y, siempre y cuando no superes 5 veces el IPREM anual. Como en 2025, está entorno a 8.400 € (12 pagas), el límite sería aproximadamente 42.000 € anuales. Tampoco se puede superar un patrimonio neto de 500.000 €
Cambios fiscales en la Ley 3/2025

Son justos los cambios fiscales en la compraventa de vivienda en Murcia? Comparativa del ITP por perfiles según la Ley 3/2025 y la normativa anterior.

Análisis económico por perfil de comprador

La comparativa muestra cómo los cambios fiscales en la Ley 3/2025 afectan de forma desigual a distintos perfiles de compradores. La bajada del tipo general es casi simbólica (solo 0,25 puntos). El tipo reducido del 5% se mantiene, pero solo aplica a jóvenes empresarios que usen el inmueble como sede fiscal. El tipo superreducido del 3% es ahora más restrictivo, como por ejemplo, que vivienda habitual, la edad tiene que ser menor a 36 años.

¿Qué pasa con los compradores de 36 a 40 años?

Antes podían personas particulares, podían acceder al 3% si cumplían determinados requisitos. Ahora, si no son empresarios, quedan excluidos de tipo superreducido.

Cambios fiscales en la Ley 3/2025

Desde el punto de vista económico:

La reforma permite ahorros importantes para perfiles concretos, especialmente jóvenes menores de 36 años con rentas bajas o empresarios que usan el inmueble como sede fiscal.

Desde el punto de vista de accesibilidad:

La franja de edad entre 36 y 40 años pierde acceso al tipo superreducido y no gana nada si no cumple requisitos empresariales.

Resultado:

La reforma no amplía derechos, sino que reordena beneficios, favoreciendo a perfiles muy específicos.

Cambios en el AJD ¿Cómo te afecta si compras en Murcia?

Además del ITP, otro impuesto que se ve afectado por los cambios fiscales en la Ley 3/2025, es el AJD (Actos Jurídicos Documentados). Y, que es, un impuesto que se paga al firmar una escritura pública ante notario, si la transmisión está sujeta y no exenta de IVA, como ocurre en las viviendas de obra nueva.

El AJD, antes era del 2%, y ahora ha bajado al 1,5%.

Ejemplo práctico:
Si compras una vivienda nueva de 200.000 €, el ahorro puede ser de 1.000 €.

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¿Tienes patrimonio elevado? Cambios fiscales en la Ley 3/2025 sobre Impuesto sobre el Patrimonio

Los cambios fiscales en la Ley 3/2025, afectan al impuesto sobre el Patrimonio en Murcia del siguiente modo:

  • Se aplica la escala estatal del articulo 30 de la Ley 19/1991
  • Esto implica que se reducen los tipos en los tramos bajos, y que se incrementa el tipo en los altos. (el máximo pasa del 3% al 3,5%)
  • Se suprime el minimo exento autonómico de 3,700,000 €, y se aplica el mínimo estatal. (700,000 € por contribuyente y 300,000 € por vivienda habitual)
  • Se introduce una bonificación autonómica para compensar el nuevo Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF)

Estas nuevas reglas, se aplican desde el 1 de enero de 2025, y afectan a las declaraciones de IP correspondientes al ejercicio 2025, que se presentarán en junio de 2026.

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Deducciones en el IRPF por vivienda según los cambios fiscales en la Ley 3/2025

Estas deducciones forman parte de los cambios fiscales en la Ley 3/2025, que buscan facilitar el acceso a la vivienda a determinados colectivos en operaciones de compraventa o alquiler de vivienda, tanto habitual como no habitual. Estas deducciones permiten reducir la cuota autonómica si se cumplen los requisitos establecidos:

Adquisición de vivienda habitual por jóvenes

Las personas de 35 años o menos pueden deducir parte del coste de adquisición de su vivienda habitual si:

* La vivienda se destina a residencia habitual.
* La base imponible total (general + ahorro) no supera los 42.000 €.
* El patrimonio neto no excede los 500.000 €.

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Arrendamiento de vivienda habitual

Si alquilas tu vivienda habitual y perteneces a alguno de estos colectivos:

* Familia numerosa
* Familia monoparental
* Persona con discapacidad igual o superior al 65%

…puedes deducir hasta 300 € anuales, siempre que:

* Tu base imponible general no supere los 40.000 €.
* Tu base imponible del ahorro no supere los 1.800 €.

Inversiones en energías renovables en vivienda (habitual o no)

Este incentivo se incluye entre los cambios fiscales en la Ley 3/2025 aplicables a viviendas en Murcia. Puedes deducir hasta el 10% de la inversión realizada en instalaciones de energías renovables (como placas solares o aerotermia) en cualquier tipo de vivienda de tu propiedad, siempre que estén correctamente justificadas y cumplan los requisitos técnicos.

Recuerda

Estas deducciones no se aplican automáticamente: debes incluirlas en tu declaración de la renta y conservar la documentación justificativa (contratos, escrituras, certificados, facturas, etc.). Si tienes dudas sobre tu caso concreto, consulta con un asesor fiscal o revisa la normativa autonómica vigente.

Información oficial respecto a los cambios fiscales en la Ley 3/2025

Ver novedades en materia de tributos en la wen de la agencia tributaria de CARM

¿Puedes beneficiarte de estos cambios fiscales en la compraventa de viviendas en Murcia aprobados por la Ley 3/2025? Te ayudamos a comprobarlo

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